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SIEDE

La Ley General de Educación en su artículo 77 otorgó la autonomía escolar a las instituciones en cuanto a: organización de las áreas fundamentales, inclusión de asignaturas optativas, ajuste del Proyecto Educativo Institucional -PEI- a las necesidades y características regionales, libertad para la adopción de métodos de enseñanza y la organización de actividades formativas, culturales y deportivas, todo en el marco de los lineamientos que estableciera el Ministerio de Educación Nacional.

 

En la misma perspectiva, con la expedición del Decreto 1290 de 2009, el gobierno nacional otorga la facultad a los establecimientos educativos para definir el Sistema Institucional de Evaluación de los Estudiantes, siendo esta una tarea que exige estudio, reflexión, análisis, negociaciones y acuerdos entre toda la comunidad educativa, debido a que se constituye en un gran desafío para las instituciones.


En consecuencia crear, plantear, definir y adoptar un Sistema Institucional de Evaluación, va más allá de establecer con cuántas áreas o asignaturas es promocionado el estudiante para el siguiente grado o si es mejor calificar con letras, números o colores. La importancia radica en la formulación de criterios de evaluación en cada una de las áreas, establecer los desempeños que deben desarrollar los estudiantes durante el período o el año lectivo, y establecer las actividades de nivelación para los estudiantes cuando presentan dificultades en estos desempeños definidos y en su aprendizaje en general.

De esta forma la evaluación no es una tarea aislada del proceso formativo; por tanto, ella debe estar inserta y ser coherente (conceptual, pedagógica y didácticamente) con toda la propuesta educativa que ha definido determinada institución. Es decir, que debe ser coherente con su misión, propósitos, modelo o enfoque pedagógico. Tal actividad implica que en el momento de diseñar el Sistema Institucional de Evaluación de Estudiantes, este debe articularse con el PEI, no sólo por su incorporación en él, sino por la coherencia interna que debe existir entre el enfoque de enseñanza y el enfoque de evaluación.

 

Por lo anterior, el Liceo Rodrigo Arenas Betancourt, desde la exigencia de esta normativa, cumple con la formulación, y su posterior ajuste, en los términos estipulados en el decreto.

 

Año, tras año el SIEDE es sometido a la revisión de acuerdo a la experiencia vivida y a las inquietudes, sugerencias u observaciones que se dan en el transcurrir y la cotidianidad escolar; la mirada interna por parte de los padres de familia, estudiantes y docentes, al igual que la externa, por parte de la Secretaría de Educación y otras entidades y profesionales, permiten enriquecer el sistema en pro de la calidad de la educación desde la evaluación de los estudiantes.

 

Como instancia superior, el consejo directivo es quien recibe la propuesta de los ajustes al sistema de evaluación y lo aprueba y con ello se da cumplimiento a lo estipulado a la normatividad vigente, al tiempo que se permite que la comunidad educativa haga parte activa de la propuesta que adelanta la institución.

Experiencias significativas

Nuestros docentes liceístas son profesionales con gran capacidad humana e intelectual en pro de la construcción de conocimiento y generación de un aprendizaje significativo, es por eso, que en cada año escolar se diseñan e implementan estrategias o experiencias significativas desde cada asignatura con el fin de estimular el desarrollo de inteligencias, competencias y saberes en nuestros estudiantes.

Image by ThisisEngineering RAEng
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